Preguntas Frecuentes

¿Cómo debo presentar un propuesta de publicación?


Se debe presentar resumen curricular del autor, dos (2) copias impresas de la obra completa (presentación, tabla de contenido, cuerpo del texto, material gráfico, glosario, índice, etc.) junto al respectivo soporte digital, cuando se tratare de obras inéditas, o de modificaciones, transformaciones o traducciones de una obra ya publicada. En el caso de una obra ya publicada, además un ejemplar de la última edición.

 

¿Quién evalúa y escoge los libros que se publican?


Para los procesos de evaluación y gestión de títulos, el Comité Editorial y el Fondo Editorial contarán con una base de datos de evaluadores y consultores, personas de reconocida idoneidad, trayectoria y experticia en su respectiva área. A los evaluadores no se les dará a conocer el nombre del autor o de los autores de las obras, ni a éstos los de aquellos. La selección y aprobación de las obras la realiza el Comité Editorial quien evalúa la información allegada en los conceptos y tomará la decisión de publicación. 

 

¿Qué es la propiedad intelectual?


La propiedad intelectual es la que se ejerce sobre toda creación del talento, referida al dominio científico, literario, artístico, industrial o comercial, siempre que sea susceptible de plasmarse en un medio de reproducción o de divulgación conocido o por conocer.

La propiedad intelectual comprende el derecho de autor y los derechos morales.

 

¿Qué es el derecho de autor? 

  • El derecho de autor se dirige a proteger las obras artísticas, científicas y literarias, incluidos los programas de computador y las bases de datos que impliquen un acto de creatividad.
  • El derecho de autor comprende los derechos morales y los derechos patrimoniales.
  • Es la protección que le otorga el Estado al creador de las obras literarias o artísticas desde el momento de su creación y por un tiempo determinado.

 

¿Qué son los derechos morales?


Los derechos morales: Nacen en el momento de la creación de la obra, sin necesidad de registro. Corresponden al autor de manera personal e irrenunciable; además, son imprescriptibles, inembargables y no negociables.

Desde el momento mismo de la creación de la obra, se le reconocen a los autores dos clases de prerrogativas: los derechos morales y los derechos patrimoniales.

Los derechos morales son derechos personalísimos, a través de los cuales se busca salvaguardar el vínculo que se genera entre el autor y su obra, en tanto ésta constituye la expresión de su personalidad. En tal carácter, los derechos morales son inalienables, inembargables, intransferibles e irrenunciables.

En virtud de los derechos morales, el autor puede: 
  • Conservar la obra inédita o divulgarla.
  • Reinvindicar la paternidad de la obra en cualquier momento.
  • Oponerse a toda deformación o modificación que atente contra el mérito de la obra o la reputación del autor.
  • Modificar la obra, antes o después de su publicación.
  • Retirar la obra del mercado, o suspender cualquier forma de utilización aunque ella hubiese sido previamente autorizada.